Me leí el auto de libertad provisional bajo fianza de #lamanada. A ver si sé explicar brevemente sus argumentos.
1) Como ya dije en este hilo () la prisión provisional es una medida excepcional, y lo normal, lo habitual es que los investigados, e incluso los ya condenados aun no firmes, estén en libertad hasta que se les condene definitivamente.
2) A pesar de ello, los miembros de #lamanada llevan en prisión provisional desde que se inició la investigación, durante el juicio y luego de ser condenados a 9 años de prisión. Dos años en total. Lo que ha sorprendido es que ahora se les deje en libertad bajo fianza.
3) Hay que aclarar q para ver si procede libertad o prisión provisional, el tribunal no ha vuelto a valorar los hechos: el juicio ya fue, se creyó a la víctima, el tribunal entendió q lo q ella relataba era abuso y se condenó a 9 años. Eso ya está decidido (aunque no es firme)
4) Lo que el tribunal ha analizado ha sido si, pasado todo ese tiempo, y con esa condena, siguen concurriendo los fines que justifican una prisión provisional: evitar riesgo de fuga, proteger a la víctima, proteger la investigación y/o evitar reiteración delicitiva.
5) Y para valorar si concurren o no esos fines, recuerda el Tribunal, hay que partir de que la regla general es la libertad, no la prisión (como ya he dicho), y que toda interpretación de las circunstancias debe hacerse en favor del reo: así lo exige nuestra Constitución.
6) PROTEGER LA INVESTIGACIÓN ya no es necesario. Ésta ya se llevó a cabo, todas las pruebas fueron recogidas hace mucho, fueron aseguradas, el juicio se hizo y hubo condena. Tras 2 años privados de libertad, no hay riesgo de q los condenados puedan destruir ahora prueba alguna.
7) No aprecian riesgo de REITERACIÓN DELICTIVA . Es cierto, reconoce el Tribunal, q tienen una causa pendiente sobre hechos similares (Pozoblanco), pero se trata de un asunto q aun está por verse (habrá condena? absolución? siquiera juicio?) y por eso no puede tenerse en cuenta.
8) En definitiva, (aun) no tienen antecedentes por delitos parecidos. Pero es además todos sabemos quiénes son, y el rechazo social q existe respecto de ellos, no es q les desanime a delinquir de nuevo, es q tendrán grandes dificultades simplemente para llevar una vida normal.
9) Tampoco aprecian necesidad de PROTEGER A LA VÍCTIMA. Condenados y víctima están separados por más de 500 kilómetros, y la tranquilidad de ésta, a la que previamente no conocían de nada, puede asegurarse con otras medidas menos limitativas de derechos fundamentales.
10) El RIESGO D FUGA es el fin +discutido ¿por qué ahora se aprecia así? Dice el Tribunal q todas las veces q antes se acordó prisión provisional fue xq las penas pedidas eran MUY elevadas y q, con tantos años d cárcel y el juicio en el horizonte, la motivación xa huir era grande
11) Ahora ya han sido condenados a 9 años, de los cuales han cumplido 2. Y aunque ya hay condena (algo más tangible que la amenaza de ella), el Tribunal razona que, teniendo todos ARRAIGO social y familiar acreditado, esta pena no es suficiente para mantener tan gravosa medida.
12) Añade que, más allá de la condena ya existente a 9 años, las acusaciones no han razonado por qué concurre ese riesgo de fuga. Riesgo de fuga, ojo, q el Tribunal sigue apreciando, pero entiende q ahora es lo suficientemente leve como para conjurarlo con el pago de una fianza.
13) Además, les impone estar LOCALIZADOS en un domicilio, retención de PASAPORTE con prohibición de salir de España, obligación de COMPARECER en el juzgado lunes, miércoles y viernes de todas las semanas, PROHIBICIÓN de pisar MADRID y PROHIBICIÓN de COMUNICARSE con la víctima.
14) Si incumplen cualquiera de estas medidas, podrían incurrir en delitos de desobediencia y/o quebrantamiento de medida, así como podrían volver a ingresar en prisión provisional (de nuevo) a la espera de que se decidan los recursos pendientes.
15) El presidente del Tribunal ha hecho voto particular para expresar que no está de acuerdo con la opinión mayoritaria y que, a su juicio, debería haberse mantenido la prisión provisional, básicamente porque cree que sigue concurriendo un grave riesgo de fuga.
16) Se puede estar o no de acuerdo con la decisión del Tribunal, por supuesto. Pero YO no veo machismo en ella, solo argumentos jurídicos tendentes a explicar la decisión, acertada o no, argumentos q enlazan con principios constitucionales y con la regulación legal de la prisión.
17) Y no veamos tampoco aquí argumentos del tipo "se han arrepentido de la condena" o similares; ya digo que ahora se valoraban otras cosas que en el juicio. Las razones por las que el Tribunal ha decidido ponerlos en libertad están en el auto. No montemos conspiraciones. FIN

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More from @JudgeTheZipper

Oct 5, 2018
El hilo sobre Violencia de Género (VG) que no quería escribir.
1) Quiero dejar claro q aborrezco CUALQUIER forma de violencia, y más aún la q se basa en una situación de superioridad, ya derive de las relaciones familiares ya de las relaciones sentimentales. Comparto con todos, supongo, la necesidad de luchar encarnecidamente contra la VG.
2) También soy muy sensible a las injusticias. Pasé muchos recreos en EGB acompañando al gordito de la clase cdo el juego d ese día consistía en escupirle. O yendo con las niñas cdo lo q tocaba era fastidiarlas. Me llamaron un tiempo "el cura" por mi afán de separar peleas.
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Aug 5, 2018
A petición popular, abro hilo para explicar eso de las demandas, denuncias y querellas, qué es qué, para evitar decir "querella civil" o "demanda penal" y similares. Abstenerse profesionales de lo jurídico.
1) El Derecho existe desde que el ser humano existe. Somos seres sociales, y para vivir en comunidad son necesarias reglas y normas que lo hagan posible: quién va de caza, quién se queda guardando la cueva, cómo se reparte lo recolectado, quién puede unirse al grupo...
2) El Derecho, por tanto, es el conjunto de normas que hacen posible que podamos vivir pacíficamente en comunidad. Y por ello estamos rodeados de él, aunque no nos demos cuenta. Más aun, también sin darnos cuenta obedecemos esas normas constantemente.
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May 19, 2018
Para todo el que tenga curiosidad, voy a explicar por qué La Pantoja (@Isabelpanto @IsabelPantoja_) cometió el delito por el que fue condenada, aunque hay quién siga diciendo que es inocente. Abro hiloquenohesabidoresumirmejor
1) La respuesta corta es q nuestro sistema penal es hipergarantista, y prefiere arriesgarse a dejar cien culpables en la calle antes q meter a un solo inocente en prisión. Y a una persona con sus recursos económicos y posibilidades de defensa no es posible condenarla "por error".
2) La respuesta larga pasa por explicar q desde q una persona comete un delito hasta q llega un juez y le condena (o no), se dan una serie de pasos o trámites, durante un periodo de tiempo +o- largo. Es lo que se llama "proceso penal". El proceso penal está dividido en dos fases.
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May 13, 2018
El otro día hice una encuesta sobre qué se entiende por "juzgar con perspectiva de género" (jpg). Salvo alguna excepción, constaté que no se sabe lo que es, aunque la mayoría no estaba de acuerdo con ello. Aquí el resultado (foto). Abro hilo para definir y comentar:
1) Según he entendido (recomendable mujeresjuezas.es), hay que partir de que la sociedad es machista, por lo que las leyes que nos damos son machistas. El/la juez, pues, debe cuestionar su pretendida neutralidad y, a continuación, utilizar el poder creador/transformador...
2) ...de las sentencias para deconstruir la norma y permitir su aplicación con plena realización del principio de igualdad y no discriminación. Se trata de transformar las prácticas d aplicación e interpretación del derecho, actuando de manera global sobre el conflicto jurídico.
Read 12 tweets
May 7, 2018
A raíz de todo lo ocurrido con la sentencia de #lamanada, me he dado cuenta por algunos comentarios q muchos no saben en qué consiste nuestro trabajo, y se sorprenden, por ejemplo, q sea posible creer y no creer a la víctima, dependiendo del juez. A ver si sé explicarlo. Hilo va.
1) Básicamente, el trabajo de juez consiste en resolver conflictos entre dos partes (en caso de la comisión de delitos, una parte es el delincuente y otra la sociedad). Ése el el acuerdo: los ciudadanos, en vez de resolver sus cuitas por sí mismos, se confían al Estado.
2) Para ello, para resolver los problemas de los ciudadanos, el juez se ha formado específicamente. Ha estudiado derecho, ha superado una dura oposición y, además, ha pasado dos años de escuela judicial, yendo a clases y de prácticas por otros juzgados antes de ejercer en el suyo
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Apr 28, 2018
Me leí la sentencia d #lamanada. No voy a valorarla, ya lo hicieron otros y, bueno, no creo q sea respetuoso con mis compañeros analizarla dsd la comodidad de mi casa, sabiendo la q ha caído y sin haber estado en el juicio. Pero sí quiero reflexionar al hilo d ello. Sí, dije hilo
1) Aunq muchísimos están hablando de machismo y justicia patriarcal, lo cierto es que la sentencia SÍ CREE lo que dijo la chica. A pies juntillas. Basa la condena en su declaración, corroborada por otras pruebas. Así que esto no va de no creerse a las mujeres cuando dicen “no”.
2) El tribunal ha creído cada palabra y cada coma de la versión de ella, así que están muy equivocados quienes afean ello a los jueces que han decidido. Ver a políticos, a responsables públicos o incluso a jueces/fiscales subirse irresponsablemente a ese tren, me causa desazón.
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