Me leí la sentencia d #lamanada. No voy a valorarla, ya lo hicieron otros y, bueno, no creo q sea respetuoso con mis compañeros analizarla dsd la comodidad de mi casa, sabiendo la q ha caído y sin haber estado en el juicio. Pero sí quiero reflexionar al hilo d ello. Sí, dije hilo
1) Aunq muchísimos están hablando de machismo y justicia patriarcal, lo cierto es que la sentencia SÍ CREE lo que dijo la chica. A pies juntillas. Basa la condena en su declaración, corroborada por otras pruebas. Así que esto no va de no creerse a las mujeres cuando dicen “no”.
2) El tribunal ha creído cada palabra y cada coma de la versión de ella, así que están muy equivocados quienes afean ello a los jueces que han decidido. Ver a políticos, a responsables públicos o incluso a jueces/fiscales subirse irresponsablemente a ese tren, me causa desazón.
3) Esto es un asunto jurídico. A ver si con un ejemplo... Si una mujer bebe mucho y se queda inconsciente y llega un animal y se aprovecha de eso, le baja las bragas y la penetra ¿quien puede decir que no la han VIOLADO? Todos diremos que sí, claro. Todos menos el código penal.
4) En el código penal no existe el “delito de violación”. Existen los delitos contra la libertad sexual, q pueden ser agresión sexual o abuso sexual, ambos con o sin penetración. El abuso tiene menos pena y el ejemplo q he puesto sería abuso, no agresión. Hablen con el legislador
5) En este caso, el tribunal ha entendido que lo que la chica ha relatado ha sido un abuso, esto es, relaciones sexuales no consentidas. Agrava la pena porque entiende que la ausencia de consentimiento de ella se debió a la posición de superioridad de ellos, que se prevalieron.
6) Jurídicamente existe una línea muy fina entre ese “prevalerse” y el “intimidar” que, de apreciarse, convertiría el abuso agravado en agresión sexual, más penada. Existen muchas sentencias del TS para describir la diferencia. Y existen porque el Código Penal obliga a distinguir
7) El tribunal ha entendido y ha argumentado durante muchos folios, con más o menos acierto, q hubo abuso agravado. El MF entendió que agresión. Es una discusión jurídica, no leo ningún argumento machista. Se trata de ver qué es cada cosa y ver cómo encaja, operación MUY técnica.
8) Optar por una cosa u otra no es ser machista. Es obligado, hay q hacerlo porque el código penal distingue “prevalimiento” de “intimidar”, así que hay que precisar jurídicamente. Y hacerlo teniendo en cuenta, además, la presunción de inocencia y el principio in dubio pro reo.
9) Lo cierto es q en este caso parece q pueden sostenerse ambas posturas. Lo he dicho, el fiscal, con argumentos jurídicos, ha visto agresión. Ocurre que quien decide es el tribunal. Pero existen los recursos. En un Estado de Derecho esta es la garantía, aún queda mucho por decir
10) Ello no excluye la crítica, más o menos pasional. Es necesaria, de hecho. La sentencia es pública y obedece a un mandato de la sociedad. Pero lo que que está pasando, en mi opinión, excede con mucho. Es la turba, el linchamiento personal e institucional. Así lo siento.
11) Si una sociedad igualitaria del S. XXI cree q tener relaciones sexuales con alguien sin su consentimiento, sea como sea, es violencia y debe castigarse más, pidámoslo al legislador. Q deje de distinguir, y entonces los jueces no nos veremos obligados a tener q diferenciar.
12) Pero tomarla con los jueces, en general, es querer hacer saltar todo el sistema de Estado de Derecho q tenemos. El tribunal ha decidido razonándolo. Critíquese. Recúrrase. Pero el linchamiento es innecesario, dañino y contraproducente. Entristece, y mucho.
13) Acabo contradiciéndome, voy a valorar la sentencia: para mí está perfecta. Y si por vía de recurso otra sentencia la revoca, ve agresión y les cae 20 años a cada uno, esa sentencia también me parecerá perfecta. Confío en nuestro imperfecto sistema. FIN
14) BONUSTRACK. Tengo una hija. Si esto le pasa a ella, no sólo querría que le cayesen 20 años. Querría matarlos con mis manos, y con dolor, mucho dolor. Pero si lo hiciera, aunque entonces me daría igual, el mundo sería un lugar peor en el que vivir. Gracias por leer hasta aquí.

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Oct 5, 2018
El hilo sobre Violencia de Género (VG) que no quería escribir.
1) Quiero dejar claro q aborrezco CUALQUIER forma de violencia, y más aún la q se basa en una situación de superioridad, ya derive de las relaciones familiares ya de las relaciones sentimentales. Comparto con todos, supongo, la necesidad de luchar encarnecidamente contra la VG.
2) También soy muy sensible a las injusticias. Pasé muchos recreos en EGB acompañando al gordito de la clase cdo el juego d ese día consistía en escupirle. O yendo con las niñas cdo lo q tocaba era fastidiarlas. Me llamaron un tiempo "el cura" por mi afán de separar peleas.
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Aug 5, 2018
A petición popular, abro hilo para explicar eso de las demandas, denuncias y querellas, qué es qué, para evitar decir "querella civil" o "demanda penal" y similares. Abstenerse profesionales de lo jurídico.
1) El Derecho existe desde que el ser humano existe. Somos seres sociales, y para vivir en comunidad son necesarias reglas y normas que lo hagan posible: quién va de caza, quién se queda guardando la cueva, cómo se reparte lo recolectado, quién puede unirse al grupo...
2) El Derecho, por tanto, es el conjunto de normas que hacen posible que podamos vivir pacíficamente en comunidad. Y por ello estamos rodeados de él, aunque no nos demos cuenta. Más aun, también sin darnos cuenta obedecemos esas normas constantemente.
Read 17 tweets
Jun 22, 2018
Me leí el auto de libertad provisional bajo fianza de #lamanada. A ver si sé explicar brevemente sus argumentos.
1) Como ya dije en este hilo () la prisión provisional es una medida excepcional, y lo normal, lo habitual es que los investigados, e incluso los ya condenados aun no firmes, estén en libertad hasta que se les condene definitivamente.
2) A pesar de ello, los miembros de #lamanada llevan en prisión provisional desde que se inició la investigación, durante el juicio y luego de ser condenados a 9 años de prisión. Dos años en total. Lo que ha sorprendido es que ahora se les deje en libertad bajo fianza.
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May 19, 2018
Para todo el que tenga curiosidad, voy a explicar por qué La Pantoja (@Isabelpanto @IsabelPantoja_) cometió el delito por el que fue condenada, aunque hay quién siga diciendo que es inocente. Abro hiloquenohesabidoresumirmejor
1) La respuesta corta es q nuestro sistema penal es hipergarantista, y prefiere arriesgarse a dejar cien culpables en la calle antes q meter a un solo inocente en prisión. Y a una persona con sus recursos económicos y posibilidades de defensa no es posible condenarla "por error".
2) La respuesta larga pasa por explicar q desde q una persona comete un delito hasta q llega un juez y le condena (o no), se dan una serie de pasos o trámites, durante un periodo de tiempo +o- largo. Es lo que se llama "proceso penal". El proceso penal está dividido en dos fases.
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May 13, 2018
El otro día hice una encuesta sobre qué se entiende por "juzgar con perspectiva de género" (jpg). Salvo alguna excepción, constaté que no se sabe lo que es, aunque la mayoría no estaba de acuerdo con ello. Aquí el resultado (foto). Abro hilo para definir y comentar:
1) Según he entendido (recomendable mujeresjuezas.es), hay que partir de que la sociedad es machista, por lo que las leyes que nos damos son machistas. El/la juez, pues, debe cuestionar su pretendida neutralidad y, a continuación, utilizar el poder creador/transformador...
2) ...de las sentencias para deconstruir la norma y permitir su aplicación con plena realización del principio de igualdad y no discriminación. Se trata de transformar las prácticas d aplicación e interpretación del derecho, actuando de manera global sobre el conflicto jurídico.
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May 7, 2018
A raíz de todo lo ocurrido con la sentencia de #lamanada, me he dado cuenta por algunos comentarios q muchos no saben en qué consiste nuestro trabajo, y se sorprenden, por ejemplo, q sea posible creer y no creer a la víctima, dependiendo del juez. A ver si sé explicarlo. Hilo va.
1) Básicamente, el trabajo de juez consiste en resolver conflictos entre dos partes (en caso de la comisión de delitos, una parte es el delincuente y otra la sociedad). Ése el el acuerdo: los ciudadanos, en vez de resolver sus cuitas por sí mismos, se confían al Estado.
2) Para ello, para resolver los problemas de los ciudadanos, el juez se ha formado específicamente. Ha estudiado derecho, ha superado una dura oposición y, además, ha pasado dos años de escuela judicial, yendo a clases y de prácticas por otros juzgados antes de ejercer en el suyo
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